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ANULADO UN EMBARGO DE CUENTAS POR UNA MULTA NO NOTIFICADA PERSONALMENTE
09/04/2012
El TSJM anula el embargo de las cuentas bancarias realizado por la Administración a un denunciado al que no se le había notificado personalmente la imposición de una multa de tráfico.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha decidido anular el embargo de cuentas bancarias acordado por la Administración a un denunciado por no haber pagado una multa de tráfico después de que la Dirección General de Tráfico decidiera notificar dicha multa automáticamente mediante edictos a través de los boletines oficiales, sin haber procedido previamente a localizar la nueva dirección del denunciado.

El Juez de lo Contencioso Administrativo concluye que esta notificación automática por vía edictal se realiza ``sin la previa y necesaria diligencia de averiguación del domicilio, vulnera el ordenamiento jurídico en los términos establecidos por la citada jurisprudencia constitucional, lo cual ha de llevar a declarar contrarios a derechos y anular los actos recurridos y los dictados con posterioridad a la ejecución de los mismos``.

FUENTE: EL MUNDO


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NUEVAS TASAS JUDICIALES
08/04/2012
Se aprueba el incremento de las tasas judiciales vigentes desde el año 2002.
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproytecto de ley por medio del cual se aumenta el importe de las tasas judiciales vigentes desde el año 2002. La finalidad principal de tal incremento es disminuir la litigiosidad que actualmente satura los Juzgados.

Los órdenes jurisdiccionales que se verán afectados serán el civil y el contencioso administrativo, así como el orden jurisdiccional social, pero éste únicamente en segunda instancia.

Las cantidades recaudadas se destinarán a sufragar el coste de la Justicia Gratuita.

Fuente: Otrosí


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LA DACIÓN EN PAGO REGULADA EN EL RD LEY 6/2012 DE MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS.
03/04/2012
ENTRADA EN VIGOR DEL R.D LEY QUE REGULA LA DACIÓN EN PAGO DE LA VIVIENDA COMO CANCELACIÓN DE LA DEUDA HIPOTECARIA.
LA DACIÓN EN PAGO REGULADA EN EL RD LEY 6/2012 DE MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS.

El pasado día 10 de marzo se publicó en el B.O.E el R.D Ley 6/2012 “de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos”.
Dicho R.D Ley surge como medida de protección para aquellas personas que se encuentren situados en lo que el propio RD Ley define como “umbral de exclusión”.
Para brindar esta protección, la norma establece una serie de “mecanismos conducentes a permitir la reestructuración de la deuda hipotecaria de quienes padecen extraordinarias dificultades para atender su pago, así como la flexibilización de la ejecución de la garantía real”.
Esta serie de mecanismos y flexibilidades abarcan desde la moderación de los intereses moratorios a la modificación de medidas fiscales, así como cambios en los procedimientos de ejecución, ayudas de acceso al alquiler de las personas afectadas por el desahucio y como medida más importante, la adhesión voluntaria por parte de las entidades bancarias al denominado “Código de Buenas Prácticas”, el cual incluye tres fases de actuación:
• Reestructuración viable de la deuda hipotecaria.
• Ofrecer una quita a los deudores sobre el conjunto de la deuda hipotecaria.
• Por último, aceptar la dación en pago como medio liberatorio definitivo de la deuda.





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ACCIDENTE CIRCULACION:BAREMO SEGURO 2012
09/02/2012
Cuantía de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal para 2012
En el BOE de 6/2/2012 se ha publicado Resolución de 24 de enero de 2012, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2012 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.


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FRACCIONAMIENTO PENA DE SUSPENSIÓN DEL CARNET DE CONDUCIR
07/02/2012
EL JUZGADO ESTIMA LA PETICIÓN DEL CONDENADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA POR DIAS
El Juzgado de Ejecuciones Penales nº 4 de Madrid, ha concedido el cumplimiento por días de la pena impuesta por el Juzgado de Instrucción nº35 de Madrid, de prohibición de conducir vehículos a motor durante diez meses.

La dirección letrada del condenado, Don Eduardo Sánchez Gómez, perteneciente a la firma Lara Abogados, solicitó el fraccionamiento aduciendo que su defendido precisaba el vehículo para desarrollar su actividad laboral.

Pese a la oposición del Ministerio Fiscal, el Juez ha estimado la petición y ha concedido cumplir la pena en fines de semana, puentes y meses de vacaciones.


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