El Juzgado de lo Social nº33 de Barcelona en una reciente sentencia de 23/12/2016 ha declarado nulo el despido de un trabajador en situación de incapacidad temporal, por considerar el mismo discriminatorio. al tener conocimiento la empresa de la duración prolongada de la baja laboral.
El Juez, basándose en una reciente sentencia del TJUE de 01.12.2016, considera discriminatorio el despido disciplinario de un trabajador en situación de incapacidad temporal ``casi dos meses después del accidente, cuando seguía de baja médica y había informado que su reincorporación no sería a corto plazo, constituye una discriminación directa por razón de discapacidad o alternativamente indirecta, dado que, a la postre y dada la larga duración de su incapacidad, su despido ha supuesto una barrera al impedir su recuperación y, con ella, la participación plena y efectiva del interesado en la vida profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores``.
Concluye el Juzgado que el despido atenta contra su derecho a la salud, a la seguridad y a la dignidad, ``en tanto que supone un claro desprecio a sus derechos como trabajador y ciudadano``.