Una de las medidas derivadas de los procedimientos de separación y divorcio es la imposición a uno de los cónyuges de la obligación de pago de una pensión, ya sea en concepto de alimentos de los hijos comunes o en concepto de pensión compensatoria para el otro cónyuge. Sin embargo, en muchos casos, el obligado a pagar dicha pensión no cumple como debiera, bien por voluntad propia o bien por imposibilidad económica, pudiéndose derivar de ello incluso consecuencias penales.
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