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9
ABR
2015

REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

SUSTITUCIÓN DEL TERMINO FALTA POR DELITO LEVE E INTRODUCCIÓN DE LA PRISION PERMANENTE REVISABLE

El pasado 31 de marzo del 2015, se publicó en el BOE Nº 77, la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal, con entrada en vigor el 1de julio del 2.015; entre las modificaciones destacamos las siguientes:

- Se revisa el régimen de penas y su aplicación, introduciendo nuevas figuras delictivas o se adecuan los tipos penales ya existentes, y se suprimen aquellas otras infracciones que, por su escasa gravedad, no merecen reproche penal y pueden encontrar respuesta a través del sistema de sanciones administrativas y civiles.
- Se sustituye el término falta por el delito leve, procediéndose a derogar el Libro III del Código Penal.
- Se introduce la prisión permanente revisable para delitos de extrema gravedad y se revisan determinados delitos como el homicidio, asesinato y detención ilegal, dentro de los cuales los tribunales podrán fijar la pena en función de las circunstancias del caso.
- Se modifica la regulación de la suspensión y la sustitución de las penas privativas de libertad, pudiendo el tribunal valorar la transcendencia de los antecedentes penales a los efectos de la suspensión y sustitución.
- Se revisa la regulación del decomiso, de los delitos contra la propiedad, del catálogo de agravantes de la estafa, administración desleal, delitos contra la propiedad intelectual e industrial, insolvencias punibles, corrupción privada, malversación, corrupción de agentes públicos extranjeros, delitos de atentado y desobediencia, alteraciones del orden público, incendios, detención ilegal, e intrusismo.
- Se tipifican nuevos delitos de matrimonio forzado, hostigamiento o acecho, divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas obtenidas con la anuencia de la persona afectada, y manipulación del funcionamiento de los dispositivos de control utilizados para vigilar el cumplimiento de penas y medidas cautelares o de seguridad.
- Se introducen nuevas figuras delictivas relacionadas con la financiación ilegal de partidos políticos.

Se adjunta el texto integro del texto legislativo para consultar pormenorizadamente las modificaciones llevadas a cabo por el legislador.

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